Este cambio en la periodicidad de tu facturación se aplica en cumplimiento del
Real Decreto 1718/2012 de 28 de diciembre, en el que se establece que se facturará cada mes, a través de lecturas reales y sin estimaciones, a aquellos clientes con contrato en
comercializadora de referencia que dispongan de un
contador de telegestión instalado y del
sistema de telemedida habilitado se les facturará cada mes, a través de lecturas reales, sin estimaciones.
Esta medida se aplica a TODOS los clientes, independientemente de la compañía con la que tengan contratado el suministro eléctrico, y solamente implica un cambio en la periodicidad de facturación.