¿De qué manera puedo comunicar la lectura de mi contador?
A partir del 1 de abril de 2013, en aplicación a lo establecido en el
Real Decreto 1718/2012 de 28 de diciembre, la facturación para todos los suministros de energía de baja tensión con potencia contratada no superior a 15kW es
bimestral y con
lecturas reales. De esta manera, se
eliminan las
estimaciones sobre el consumo en las facturas.
No obstante, puede ocurrir que tu contador no esté accesible para proceder a su lectura. En este caso, la
compañía distribuidora dejará un aviso en tu domicilio, indicándote las vías de contacto para que puedas facilitar la lectura de tu contador.
¿Qué ocurre si estiman mal la lectura de mi contador? >